Seguro de Automóviles para Profesionales
Disponemos de una amplia gama de Productos y Servicios que se amoldarán a sus necesidades, sea cual sea su actividad. |
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Tenemos la mejor gama de seguros de automóviles para empresas con nuestras soluciones para Flotas de Vehículos y Vehículos Individuales así como Agrícolas e Industriales. | ||||||
Las coberturas son las siguientes: |
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Seguro de Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria |
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El seguro de Responsabilidad Civil, cubre las indemnizaciones de las que el Conductor del vehículo asegurado deba responder, por los daños causados a las personas o bienes de un tercero, derivados de hechos de la circulación de los que resulte civilmente responsable. |
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Seguro de Responsabilidad Civil de Suscripción Voluntario |
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El asegurador cubre, las prestaciones correspondientes a cada un0a de las garantías de seguro cuya inclusión figure expresamente en las Condiciones Particulares de la Póliza. |
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Las garantías de seguro que pueden contratarse son las siguientes: | ||||||
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El asegurador se compromete a realizar la defensa penal del Asegurado como conductor del vehículo y de cualquier conductor autorizado por aquél en caso de accidente de circulación, en los procedimientos penales que se siguieran contra él por faltas o delitos. |
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El asegurado se compromete a realizar la defensa en vía administrativa de cualquier conductor legítimo del vehículo asegurado, en relación con las sanciones impuestas en el territorio nacional de infracciones del Código de Circulación y demás disposiciones reguladoras de tráfico. |
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El asegurador se compromete a realizar el asesoramiento jurídico telefónico, relativo a los conflictos que pudieran sobrevenir al Asegurado. |
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Alcance de la cobertura: |
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Se compensará por accidente de circulación independientemente de la culpa del asegurado. |
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Cuando se produzca la rotura accidental del parabrisas, lunas laterales, luna posterior y del techo solar si está instalado en fábrica o declarado como accesorio, mediante esta garantía. |
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La reparación o reposición de las partes dañadas accidentalmente por incendio, explosión y caída del rayo, tanto en circulación como en reposo durante su transporte. |
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De no otorgarse por el Asegurador la garantía a valor de nuevo, la pérdida total del vehículo será indemnizada a valor venal con arreglo a la siguiente norma: El 100 por 100 del valor venal en la fecha del siniestro. |
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Queda asegurada la garantía siempre que figure expresamente incluida en las Condiciones Particulares de la Póliza. |
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De Indemnización por desaparición del vehículo asegurado, o por la sustracción parcial de las partes fijas del mismo |
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La reparación o reposición de las partes dañadas en el vehículo asegurado y sus elementos fijos. |
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De no otorgarse por el Asegurador la garantía a valor de nuevo, la pérdida total del vehículo será indemnizada a valor venal con arreglo a la siguiente norma: El 100 por 100 del valor venal en la fecha del siniestro. |
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Queda asegurada la garantía, siempre que figure expresamente incluida en las Condiciones Particulares de la Póliza. |
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La reparación o reposición de las partes dañadas accidentalmente en el vehículo asegurado, tanto en circulación como en reposo o durante su transporte, resultantes de: |
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Siempre que figure expresamente indicado en las Condiciones Particulares de la póliza, se indemnizará por el valor de nuevo, con arreglo a los siguientes criterios: |
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De no otorgarse por el Asegurador la garantía a valor de nuevo, la pérdida total del vehículo será indemnizada a valor venal con arreglo a la siguiente norma: El 100 por 100 del valor venal en la fecha del siniestro. |
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Queda asegurada esta garantía, siempre que figure expresamente incluida en las Condiciones Particulares de la póliza. |